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Ganancia Patrimonial
al Vender un Piso
Qué es, cómo se calcula y cómo tributa en casos especiales: herencias, varios propietarios, no residentes y nuda propiedad.
La guía de referencia para situaciones fiscales complejas en la venta de inmuebles en España.
Resumen rápido
- Qué es: diferencia entre lo que cobras al vender y lo que pagaste al comprar (más gastos en ambos casos).
- Herencias: el valor de adquisición es el declarado en el Impuesto de Sucesiones, no el precio original.
- Varios propietarios: cada titular declara la ganancia proporcional a su cuota.
- No residentes: tributan al 19% (UE) o 24% (resto) por IRNR, con retención del 3% por el comprador.
- Pérdidas: compensables con otras ganancias durante los 4 años siguientes.
Cálculo general de la ganancia patrimonial
La fórmula base es siempre la misma. Los casos especiales modifican cómo se determina el valor de adquisición, no la fórmula en sí.
Fórmula
Valor de transmisión = Precio venta − Gastos del vendedor
−
Valor de adquisición = Precio compra + Gastos del comprador
= Ganancia (o Pérdida) Patrimonial
Gastos que reducen el valor de transmisión
- Comisión de la agencia inmobiliaria
- Plusvalía municipal pagada
- Notaría del vendedor
- Cancelación registral de hipoteca
Gastos que aumentan el valor de adquisición
- ITP o IVA+AJD pagado en la compra
- Notaría y Registro de la Propiedad
- Gestoría e honorarios de abogado
- Reformas capitalizables (no mantenimiento)
Para el detalle de los tramos del IRPF y las exenciones por reinversión, consulta nuestra guía completa del IRPF al vender un piso.
Casos especiales de ganancia patrimonial
La clave está en determinar correctamente el valor de adquisición. En estos casos es diferente al precio de compra habitual.
1. Piso heredado
El valor de adquisición es el valor declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (o el valor de referencia catastral si es mayor). A ese valor se suman los gastos pagados en la herencia: notaría, registro e Impuesto de Sucesiones.
Ejemplo:
280.000 €
+14.000 €
294.000 €
2. Varios propietarios (proindiviso)
Cada copropietario tributa en su IRPF por la parte proporcional de la ganancia correspondiente a su cuota de participación. Los gastos también se reparten en la misma proporción.
Ejemplo — dos hermanos al 50%:
120.000 €
60.000 €
60.000 € en su Renta
3. Vendedor no residente fiscal en España
Tributan por el IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes), no por el IRPF. El comprador está obligado a retener el 3% del precio de venta y depositarlo en Hacienda.
| Residencia fiscal | Tipo IRNR | Retención comprador | Modelo a presentar |
|---|---|---|---|
| UE / EEE (Noruega, Islandia, Liechtenstein) | 19% | 3% precio venta | Mod. 210 |
| Resto del mundo (USA, UK, Latam…) | 24% | 3% precio venta | Mod. 210 |
Plazo del Modelo 210: el vendedor no residente debe presentarlo en los 4 meses siguientes a la venta para liquidar el IRNR y recuperar la diferencia si la retención supera la cuota.
4. Nuda propiedad y usufructo
Cuando se adquirió la nuda propiedad y el usufructo se consolidó posteriormente (por fallecimiento del usufructuario), el valor de adquisición para el cálculo de la ganancia patrimonial se calcula sumando:
- Precio pagado por la nuda propiedad en su día
- Valor del usufructo consolidado (calculado según tablas fiscales por la edad del usufructuario al fallecimiento)
- Gastos de la escritura de consolidación de usufructo
Este supuesto requiere asesoramiento fiscal especializado por su complejidad de cálculo.
¿Qué pasa si vendes con pérdidas?
Pérdida patrimonial
Si el valor de transmisión es inferior al valor de adquisición, el resultado es una pérdida patrimonial. No pagas IRPF, pero sí debes declarar la operación en la Renta para poder compensar esa pérdida en el futuro.
Cómo se compensa
- Con ganancias patrimoniales del mismo año (acciones, fondos, otra venta inmobiliaria).
- Con ganancias patrimoniales de los 4 años siguientes.
- Hasta el 25% de rendimientos del capital mobiliario positivos (intereses, dividendos).
¿Tu caso es complejo? Te ayudamos a calcularlo
Herencias, proindiviso, no residentes o nuda propiedad: en Inmohogaris coordinamos con gestores fiscales especializados para que no pagues ni un euro de más.
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Preguntas frecuentes sobre la ganancia patrimonial
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